Este Miércoles 18 de Noviembre del 2015 apareció ya publicada la nueva Ley Celíaca (modificación de la Ley 26.588). A continuación un resumen de lo que establece según el orden de Importancia.
- Tanto Carceles, Hospitales, Clinicas, (públicos o privados), Lugares de residencia y/o convivencia temporal o permanente que ofrezcan Alimentos (hoteles, hostels,etc), Comedores y Kioscos de instituciones de enseñanza, Empresas de Transporte (aéreo, terrestre y acuático) que ofrezcan servicio de alimentos a bordo, RESTAURANTES y BARES, Kioscos y lugares de venta de alimentos en Terminales de transporte, LOCALES de COMIDA RÃPIDA. Deben Ofrecer AL MENOS UNA OPCIÓN DE ALIMENTOS o UN MENÚ LIBRE DE GLUTEN que cumpla las condiciones de manufactura y los requerimientos nutricionales por Porción.
- Las Obras Sociales y Medicinas prepagas, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas, premezclas u otros alimentos industrializados que requieren ser certificados en su condición de libres de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación, según requerimientos nutricionales y actualizando su monto periódicamente conforme al índice de precios al consumidor oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC.